La declaración jurada de alcoholes debe realizarse para la venta, comercialización, renovación de patentes y otros de bebidas alcohólicas, algunas instituciones solicitan este documento donde se indica que dicha persona no se encuentra afecto ni ha actuado en contravención de las causales de inhabilidad establecidas en el Artículo 4º de la Ley 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas.
La declaración jurada de alcoholes debe realizarse para la venta, comercialización, renovación de patentes y otros de bebidas alcohólicas, algunas instituciones solicitan este documento donde se indica que dicha persona no se encuentra afecto ni ha actuado en contravención de las causales de inhabilidad establecidas en el Artículo 4º de la Ley 19.925, sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas. Leer más
Comparecencia personal de quien declara con cédula de identidad vigente.
¿Qué documento necesito?
¿Puedo obtener una declaración jurada de alcoholes con mi RUT vencido?
¿Si el chip de mi cédula está malo, puedo obtener una declaración jurada de alcoholes?
¿Puede ir un tercero a retirar la declaración jurada de alcoholes por mí?
¿Cuál es el procedimiento para obtener la declaración jurada de alcoholes por este medio?
¿Qué pasa si mi cédula esta vencida?
¿Me sirve el pasaporte?
Perdí mi cédula, ¿con el certificado de que la perdí es suficiente?
¿Cuánto me demoro en la notaría si hago el documento con ustedes?
¿Puedo hacer este trámite en cualquier notaría?
¿Qué pasa si no voy a la hora que agende, pierdo la reserva?
Si hago el trámite con ustedes, ¿puedo pagar en efectivo en la notaría?
¿Por cuánto tiempo es válido la declaración jurada de alcoholes?
¿Me envían el declaración jurada de alcoholes a mi correo?
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