El mandato o “poder general” es una escritura pública, por la cual una persona (el mandante) le encarga a otra persona (el mandatario) que le represente en todos los asuntos, juicios y negocios de cualquier naturaleza que sean y que actualmente tenga o que pueda tener en el futuro.
Comparecencia personal con cédula de identidad vigente
Si el declarante tiene o es mayor de 75 años, se debe exhibir un certificado médico que indique lo siguiente: “se encuentra apto para trámites notariales, se encuentra en su sano y entero juicio pudiendo ejecutar actos jurídicos válidos”. Dicho certificado debe ser emitido por un médico especialista de alguna de las siguientes especialidades: psiquiatría, neurología o geriatría, Click Aquí.
Posterior a la firma del mandato, máximo 48 horas hábiles se enviará la copia electrónica.
¿Puede acudir a retirar quien recibe el mandato?
¿Ustedes redactan el mandato?
¿Qué vigencia tiene?
¿Cuánto tiempo tardarían las autoridades notariales en emitir mi Mandato General?
¿Puede un tercero retirar el documento?
¿Cómo se puede verificar la autenticidad de los datos?
Déjanos ayudarte y escríbenos a nuestro chat de atención al cliente